Los avisos de radares de velocidad y controles policiales en la carretera se han convertido en uno de los grandes alicientes de las aplicaciones que se usan durante la conducción. Una funcionalidad que ha sido puesta en duda por la DGT y que juega en la frontera entre lo legal y lo no legal.
Ahora, sabemos que la Guardia Civil de Tráfico ha puesto sanciones por estas acciones pero no han utilizado la Ley de Tráfico para ello.
Aclarando conceptos. Si atendemos a lo permitido y no permitido por la Ley de Tráfico, en estos momentos un conductor puede utilizar un avisador de radar, pero no un detector ni un inhibidor. Como te contamos en este artículo de manera más extendida, no son lo mismo.
Los avisadores de radar nos informan de que tenemos delante un cinemómetro que controla la velocidad. Los aparatos para este fin utilizan las bases de datos publicadas por la propia DGT y, por tanto, solo están al tanto de los radares fijos o pueden alertarnos de que entramos en una zona donde habitualmente se instalan radares móviles.
Los detectores de radar son aquellos que, mediante ondas, son capaces de comprobar si tenemos un radar en las inmediaciones y, por tanto, permiten al conductor desentenderse de la velocidad porque "descubren" los radares móviles. Los inhibidores son los aparatos que, además, bloquean las señales de los radares para que éstos no puedan registrar la infracción.
Las aplicaciones. En todos los casos anteriores hablamos de aparatos. En los últimos años, sin embargo, se han popularizado las aplicaciones para el teléfono móvil que combinan las funciones de navegación con avisos de accidentes, coches averiados... y, por supuesto, radares.
La principal diferencia es que en Waze, Google Maps o Mapas de Apple, estos avisos no sólo beben de las bases de datos publicadas por Tráfico. Son los propios usuarios los que tienen que alertar de este tipo de controles y empezamos a entrar en terreno pantanoso.
La DGT. En los últimos años, Pere Navarro, como director de la DGT, se ha mostrado contrario al uso de aplicaciones que alertan de radares o controles de la Guardia Civil en la carretera como ya hemos tratado en Xataka o manifestaba con estas palabras recogidas por El Confidencial:
Estamos trabajando para erradicar de la carretera las conductas que avisan de la presencia de controles y las informaciones que lo promueven. Los controles están ahí para proteger y preservar la seguridad de todos. No juegues en tu contra
Lo que alega Pere Navarro es lo mismo que defiende la Guardia Civil en sus propias redes sociales. Ya no solo es que un control de alcohol o drogas pueda evitar un accidente y salvar a víctimas mortales. También puede que el control se lleve a cabo por otros motivos de seguridad colectiva.
Una línea difusa. La cuestión es que alertar a otros conductores durante la marcha de que podemos encontrarnos con un control de la Guardia Civil, dando ráfagas con las luces, por ejemplo, está prohibido. Esto se recoge en el artículo 100 del Reglamento General de Circulación donde se expone lo siguiente:
Se prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en este reglamento
La sanción, nos informan desde la DGT, es de 200 euros porque este comportamiento está tipificado como infracción grave. Pero no hay ninguna normativa en la que se especifique que publicar esta información en redes sociales o cualquier otro tipo de aplicación está prohibido. No se puede, evidentemente, hacerlo en marcha porque manejar el teléfono móvil está duramente castigado pero, en ese caso, se estaría aplicando otra normativa.
La Ley de Seguridad Ciudadana. Desde La Opinión de A Coruña traen, sin embargo, una información en la que se señala que un particular y una empresa han sido sancionados en Galicia por alertar de controles de Tráfico en las carreteras. Los agentes han denunciado a los supuestos infractores utilizando la Ley de Seguridad Ciudadana.
En su artículo 36.23 la normativa especifica que es una infracción grave "el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información".
Alegando que se estaba compartiendo este tipo de información, los Agentes de Tráfico implicados han interpuesto una denuncia contra una "una conocida empresa española que gestiona una gran aplicación que informa de estos dispositivos de vigilancia" y un particular que gestionaba grupos de Whatsapp que sumaban hasta 15.000 usuarios y en los que se avisaba de los controles.
La DGT trabaja para sacar una normativa. De momento, los expedientes, explican en el diario gallego, ya han sido cerrados por parte de la Guardia Civil por lo que tendrá que decidir el juez si se impone algún tipo de sanción. Señalan que el Servicio de Tráfico en Galicia ya cuenta con otros expedientes que han utilizado la misma fórmula.
Desde la DGT, aseguran, están trabajando para sacar adelante algún tipo de normativa que impida los avisos mediante aplicaciones pues "el aviso por redes de los controles policiales socava gravemente la seguridad vial ya que permite a los infractores evadir la ley, poniendo en riesgo la vida de todos los usuarios de las vías. Es un acto insolidario que va contra la línea de flotación de la seguridad vial", en palabras de Pere Navarro recogidas por Faro de Vigo.
Imagen | DGT
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