Vamos a explicarte cuáles son las multas que puedes recibir si no acudes a una mesa electoral. Ahora que están a punto de terminar los sorteos y hay métodos para averiguar cómo saber si te ha tocado mesa electoral y teniendo en cuenta que es las elecciones generales del 23J son en verano, quizá alguien tenga la tentación de no ir aunque le haya tocado.
Aquí, debes saber que si te toca existen varios motivos para no ir a una mesa electoral, incluyendo los que cubren qué pasa si tienes las vacaciones ya pagadas y te toca mesa electoral. pero si más allá de eso no acudes a la mesa, te expondrás a multas o incluso a prisión, algo que te vamos a revelar ahora.
Multas por no ir a la mesa electoral
Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), si se te designa ser presidente o vocal de la mesa electoral o no vas, incurrirás en un delito por abandono o incumplimiento en las mesas. Este delito puede acarrear multas económicas o incluso penas de cárcel de tres a doce meses.
¿Y en qué casos incurrirás a este delito? Pues son los tres siguientes casos:
- Si incumples tu obligación sin causa justificada, sin excusas o sin aviso previo.
- Si abandonas tu puesto sin causa justificada.
- Si dejas de incurrir o desempeñar tus funciones.
Aquí, debes saber que si te han elegido para una mesa electoral pero te surge algún contratiempo registrado en la lista de motivos por los que puedes librarte, debes avisar hasta 72 horas antes de las elecciones para que se pueda avisar al suplente designado por el sorteo.
Las multas y las sanciones dependen de cada caso en particular, y de la gravedad de tu infracción. Las multas por no presentarse han llegado a ser de hasta 2.700 euros, y también puede haber multas similares en el caso de que llegues tarde porque no te acordabas. También hay multas por tener discapacidad y no decirlo, o por irte a mitad del día sin terminar la jornada.
¿Y qué pasa con las penas de cárcel? En la práctica, casi todas estas penas de cárcel suelen ser sustituidas por multas, o por multas de varios días que correspondan a los días de prisión. La cuantía se suele calcular mediante cuotas diarias de entre 2 y 400 euros al día.
En cualquier caso, con lo que debes quedarte es con que no hay multas con cantidades fijadas, sino que siempre van a depender de cada situación o del criterio que se aplique en cada caso.
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