Vuelve la guerra contra las páginas de descargas. El Ministerio de Cultura español le ha impuesto una multa de 375.000 euros a la página de descargas x-caleta.com, y clones como www.xcaleta2.com. Tal y como recoge el BOE, la multa se debe a una infracción muy grave de la Ley de Propiedad Intelectual.
Esta resolución ha partido de la Sección segunda de la denominada 'Comisión Sinde-Wert' creada en 2012, un órgano con potestad para abrir expedientes sancionadores y establecer las multas de las infracciones de copyright denunciadas por las empresas que gestionan derechos de autor.
Tanto la página sancionada como sus otros clones ya habían sido bloqueados anteriormente en territorio español. Sin embargo, después de que su administrador incumpliese las peticiones de retirada de contenidos que le enviaron, se procedió a abrir este expediente sancionador que ha terminado en multa.
Uno de los aspectos más curiosos y polémicos de esta sentencia es que se trata de una web dirigida por un ciudadano peruano residente en Lima, al que la Sección Segunda ni siquiera ha sido capaz de comunicar el procedimiento que tenía abierto en España. La forma de proceder fue enviarle una notificación por correo postal, publicarlo en el BOE e iniciar un periodo para presentar alegaciones en el que el administrador de la web no presentó ninguna.
Este hecho de multar a ciudadanos de otros países ha sido calificado como sorprendente por algunos abogados expertos en derecho informático y propiedad intelectual. Además, la sentencia se efectúa sin que el administrador de la web haya respondido a ninguna comunicación, no quedando claro si ha llegado a recibirlas o si es consciente de la gravedad de las acusaciones que le han llegado. Su página, de hecho, podemos ver en Internet Archive que lleva inactiva desde finales del primer trimestre del año, y sus clones también cesaron hace meses su actividad.
Otro punto a tener en cuenta en lo publicado por el BOE es ver qué se entiende como reanudación de actividades ilícitas. Según leemos, se entenderá como una reanudación de la actividad el que el mismo responsable vuelva a explotar las obras de un mismo titular, aunque estas no sean las mismas por las que fuese advertido anteriormente.
“Se entenderá por reanudación de la actividad ilícita el hecho de que el mismo responsable contra el que se inició el procedimiento explote de nuevo obras o prestaciones del mismo titular, aunque no se trate exactamente de las que empleara en la primera ocasión, previa a la retirada voluntaria de los contenidos. Incurrirán en estas infracciones los prestadores que, aun utilizando personas físicas o jurídicas interpuestas, reanuden la actividad infractora”.
Vuelve la batalla contra las descargas
La otra polémica tras esta sentencia es el hecho de que el actual ministro de Cultura y Deporte haya recurrido a la 'Comisión Sinde-Wert', que el anterior ejecutivo ni siquiera llegó a utilizar. Esto se traduce en reemprender una cruzada contra las descargas que en los últimos años había quedado en segundo plano.
Eso no quiere decir que en este tiempo no se hayan estado cerrando páginas, de hecho el año pasado tuvo que cerrar RojaDirecta, sino que hasta ahora la Comisión no había entrado a poner multas de oficio, sino que todos los cierres habían sido ordenados por los jueces.
Además, aunque el procedimiento sancionador se inició durante el anterior gobierno, la multa se impuso el pasado día 15, sólo dos días después de la toma de posesión del nuevo ministro José Guirao, quien en el BOE se ha tratado de anotar el tanto por la multa.
Estos dos aspectos, unido al texto de la multa, parecen marcar una nueva línea de acción del nuevo actual Gobierno frente a este tipo de webs. Lo primero que se hizo con esta web al infringir la Ley de Propiedad Intelectual fue bloquearla en España y, según leemos en el BOE, desde la segunda vez que la página inflija la ley se le podrán imponer multas de entre 150.001 hasta 600.000 euros sin necesidad de que intervenga ningún juez.
“6. El incumplimiento de requerimientos de retirada de contenidos declarados infractores, que resulten de resoluciones finales adoptadas [...], constituirá, desde la segunda vez que dicho incumplimiento tenga lugar, inclusive, una infracción administrativa muy grave sancionada con multa de entre 150.001 hasta 600.000 euros
De hecho, fuentes internas del ministerio le han dicho a medios como ElDiario.es que al nuevo ministro de Cultura y Deporte "no le va a temblar el pulso a la hora de adoptar decisiones firmes como la de poner sanciones económicas a las páginas webs que reincidan tras un bloqueo o una notificación, y que vuelvan a poner a disposición pública contenidos culturales de forma pirata".
Vía | El Confidencial, El Diario
En Xataka | Goear y Exvagos dejan de estar disponibles en España: la Comisión Sinde ordena su bloqueo
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