Pocas sorpresas: el Congreso ha aprobado hoy la propuesta de ley contra el terrorismo que PP y PSOE pactaban hace unas semanas y de la que os hablábamos en detalle a comienzos de mes, especialmente centrándonos sobre cómo afectaría al control de Internet. Ahora comenzará su trámite en el Senado, aunque con la mayoría de PP y PSOE la iniciativa no tendrá dificultad para seguir adelante.
Respecto al texto aprobado, y en lo que a nosotros nos ocupa como blog de tecnología, pocos cambios respecto al que ya conocíamos. Entre otras cosas, se mantiene la amplia definición de lo que se conoce como delito de terrorismo (incluyendo delitos informáticos que se lleven a cabo con las mismas finalidades), se considerará delito el "acceso habitual" a páginas webs donde hay contenido relacionado con algún grupo terrorista y se condenará a aquellos que difundan públicamente en Internet mensajes o consignas que inciten a otros a cometer un delito.
Los desórdenes públicos, que en la anterior versión de la propuesta de ley incluían dentro de la definición de terrorismo en el artículo 573, se quedan fuera de la misma aunque siguen estando contemplados y, tal y como especifica la enmienda número 63 de PP y PSOE, siempre que "se cometan por una organización o grupo terrorista o individualmente pero amparados en ellos, se castigarán con la pena superior en grado a las previstas para tales delitos".
Críticas por las amenazas a la libertad de expresión
El hecho de que ahora el concepto de terrorismo sea mucho más amplio, ha sido criticado por numerosos ciberactivistas que defienden la libertad de expresión en Internet. La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información denuncia que filtraciones como las de Snowden u otras informaciones sobre seguridad informática no sólo podrían conllevar penas de cárcel a aquellos que las cometen, sino a investigadores y periodistas que trabajen sobre ellas.
Lo mismo ocurre con las convocatorias de acciones de protesta o directamente ciberprotestas, que pueden ser considerados mensajes que inciten a la comisión de un delito: "Teniendo en cuenta que acciones de resistencia como la paralización de un desahucio o la ocupación de una entidad bancaria pueden ser considerados, con esta reforma, terrorismo, quien cubra estos hechos, y los difunda, puede verse también acusado. Con el agravante de que, si como viene ocurriendo, esta cobertura se realiza a través de redes sociales o Internet, la pena será mayor", explican desde la PDLI.
Imagen | Pablo Cabezos
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