Subsidio mayores de 52 años 2025: qué es, qué cambia este año y cómo solicitar la ayuda

Te decimos las novedades de 2025 de la ayuda para mayores de 52 años que buscan empleo, y cómo puedes solicitarla.

Demandante de empleo
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Vamos a decirte cuáles son las novedades para 2025 del subsidio destinado a personas mayores de 52 años que son demandantes de empleo. Es una ayuda para mientras encuentran trabajo, y que pueden solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Como cada año, revisamos si ha habido algún tipo de cambio en ellas.

Esta ayuda no es para todos los mayores de 52 años, sino solo para aquellos que ya se han quedado sin paro y que cumplan una serie de requisitos concretos. En el artículo también repasaremos estos requisitos.

Cómo queda la ayuda en 2025

La cuantía de este subsidio es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de este año. Todavía no se sabe si el IPREM va a cambiar este año, por lo que no sabemos si la cuantía se quedará como está o no.

Actualmente, el IPREM es de 7.200 euros, por lo que la ayuda está en 480 euros. Hay prevista una subida del 3,8% en el IPREM, pero depende de que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado. En el caso de que sea así, la ayuda subirá a 500 euros mensuales.

Por lo tanto, de momento la ayuda sigue en 480 euros, pero si durante el año vemos en las noticias que se consiguen aprobar los presupuestos, las ayudas subirán a los 500 euros mensuales.

Requisitos para optar a la ayuda de los 52 años

La ayuda sigue siendo como siempre, y está dirigida a esos mayores de 52 años que cumplan una serie de requisitos específicos, relacionados con la renta y con que esté buscando empleo de forma activa. Estos son los requisitos para poder solicitarla:

  • Tener 52 años o más cuando la solicites.
  • Estar en situación de desempleo.
  • Haberse inscrito como demandante de empleo, y llevar ahí durante un mes desde que se agotó la prestación por desempleo. Vamos, que te has quedado sin paro pero sigues buscando estando inscrito.
  • Buscar empleo de manera activa.
  • Carecer de rentas propias que superen el 75% del SMI, algo en lo que no se cuentan las rentas de cónyuges o convivientes.
  • Llevar cotizados 15 años por desempleo, y que existan al menos 90 días cotizados en desempleo en los últimos meses.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación.

Si encuentras contrato, debes tener en cuenta unas cosas. Para empezar, si es un contrato de inserción subvencionado por el SEPE y la empresa no cuenta con un ERE en marcha, la ayuda se interrumpirá automáticamente y dejarás de cobrarla.

Pero hay un caso en el que puedes seguir cobrando la ayuda, aunque será la mitad, y es cuando encuentras empleo y se te ha realizado un contrato a tiempo completo de forma indefinida o temporal, y que sea un contrato de más de 3 meses.

Cómo solicitar la ayuda

Acceso A Solicitudes

Puedes solicitar la ayuda a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, entrando directamente a este enlace. Una vez dentro de la página, pulsa en el botón de Acceso Solicitudes e inicia sesión con tu certificado digital, incluyendo el certificado de la FNMT y el del DNIe, o con el sistema Clave Móvil, incluyendo la Clave PIN. Elige el método que quieras e identifícate.

Rellenar

Dentro verás alas ayudas que tienes disponibles, y debes elegir el apartado de Mayores de 52 años. Entrarás en un formulario que debes rellenar con toda tu información, empezando por la personal, pero luego también la de tus rentas y las de tus convivientes. Aquí, debes rellenar estos datos de forma minuciosa, y cada año tendrás que actualizar la información.

Imagen de portada | Google Gemini

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